Su marca puede estar en peligro… Protéjala!


Las marcas que logran tener éxito en el mercado están en la mira de los "piratas". El plagio existe porque también existe el consumo y la demanda de "productos copiados"; es una realidad que no podemos desconocer porque de alguna manera todos somos cómplices.


La principal causa de este malestar se debe al escaso poder adquisitivo de la gran mayoría de los consumidores en cualquier parte del mundo sean de países industrializados o tercermundistas. Según un estudio realizado por Ipsos-Mora y Araujo a pedido de la Cámara de Comercio de los Estados Unidos, China es uno de los países con los mayores niveles de producción, tránsito y consumo de productos que infringen los derechos de propiedad intelectual, junto con Indonesia, Filipinas, Tailandia, Malasia, Vietnam, Brasil, México y Paraguay. La compra de estos productos prevalece en los niveles socioeconómicos más bajos, concluye el estudio.

Los inventos, procesos tecnológicos, marcas, desarrollo de software, nombres comerciales, así como los elementos identificadores de la identidad visual son manifestaciones de la propiedad intelectual de las empresas, imprescindibles en el desarrollo económico de un país y se configuran como un mecanismo de protección del consumidor.

Cualquiera de estas manifestaciones que nos diferencie de la competencia debe ser amparada, pues ello es lo que le da valor a una empresa o a cualquiera de sus marcas o productos. Un envase con diseño especial debe ser registrado. La industria de perfumes, tiene como disciplina proteger sus empaques.

A principios del siglo pasado (1914) la compañía Coca-Cola resolvió el problema de plagio con el diseño de la botella con la forma de cuerpo de mujer y la registró como marca. Si una marca y todos los elementos que la componen no está custodiada legalmente, la compañía será vulnerable a la comercialización de su propiedad intelectual por parte de otros.

En 1874, Antonio Meucci ofreció su invento, prototipo del teléfono, a Western Union, la poderosa compañía de telégrafos de Estados Unidos, que aparentemente despreció su propuesta. Dos años después Alexander Graham Bell apareció en las primeras páginas de los periódicos de la época como el inventor del dispositivo y junto a él, la Western Union, su rutilante patrocinadora. Tuvieron que pasar más de 125 años para que el Congreso de EE UU reconociese oficialmente la verdad y en 2001 rescatase a Meucci del olvido. ¿Qué fue lo que realmente paso? Antonio Meucci no tuvo los diez dólares que se necesitaban en 1874 para renovar una patente que lo habría lanzado a la historia como el padre del teléfono.

Según la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, OMPI, la propiedad intelectual es un tipo especial de propiedad, esto significa que su propietario puede disponer de ésta como le plazca y que ninguna otra persona física o jurídica podrá disponer legalmente de su posesión sin su consentimiento. La Propiedad Intelectual toma tres formas:
1.) La Propiedad Industrial que comprende las invenciones, patentes, marcas, dibujos y modelos industriales e indicaciones geográficas de origen.
2.) Los Derechos de autor que comprenden: obras literarias y artísticas, tales como novelas, poemas, obras de teatro, películas, obras musicales, obras de arte, dibujos, pinturas, fotografías, esculturas, y los diseños arquitectónicos.
3.) Derechos conexos que comprenden las interpretaciones o ejecuciones de los artistas, la producción de fonogramas y las actividades de los organismos de radiodifusión

Cuando un empresario registra su Propiedad Intelectual la convierte en un activo intangible de gran valor que en muchas ocasiones llega a convertirse en el más valioso de la empresa. Entre las ventajas más relevantes están:
1.) Protege su propiedad intelectual de posibles acciones de plagio.
2.) Permite restringir la importación de bienes que utilizan marcas que infringen los derechos de propiedad.
3.) Desalienta el uso de su marca por personas inescrupulosas.
4.) Tiene la posibilidad de franquiciar su producto o servicio y también de otorgar licencias para su explotación comercial.
5.) Protege su marca en Internet.
6.) Tiene el derecho de utilizar el símbolo ® o MR con el cual se notifica públicamente el registro y la protección de la marca.

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